
Antes de nada, indicar que este texto ha sido creado por un Ingeniero Técnico Industrial, miembro del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de su provincia.
Y que por supuesto, todo lo expuesto a continuación puede variar en cualquier momento, es por eso, por lo que siempre recomendamos acudir a la iTV en la que se vaya a realizar la Reforma.
Instalación de dispositivos de acoplamiento en vehículos (enganches de remolque)
La instalación de un enganche de remolque, se considera REFORMA según el manual de ITV, y por tanto se tiene que pasar ITV en el plazo de 15 días tras realizar el montaje.
Para su Anotación en ficha técnica, se requiere aportar en el momento de la inspección :
- Manual de Montaje del Enganche : Aportado por el fabricante del enganche.
- Certificado de Taller: Emitido por el taller autorizado por la Comunidad Autónoma.
- Informe de Conformidad: Dependiendo de las circunstancias lo puede emitir el Fabricante del enganche, el fabricante del vehículo o un servicio técnico de reformas (laboratorio)
Cómo saber si necesito Informe de Conformidad emitido por Servicio Técnico de Reformas ( Laboratorio )
- Si el vehículo tiene anotada alguna reforma previa en la ficha técnica.
- Si se van a legalizar varias reformas a la vez ( excepto Enganche + Defensa )
- Si el vehículo tiene 2 fabricante (vehículos de 2ª Fase, carrozados, … )
- Si el vehículo está clasificado como Autocaravana / Ambulancia / Funerario / Blindado ( Se exige incluir el Código de Reforma 8.70)
- Si el enganche de remolque no tiene suficiente capacidad ( Valor D ó S ), para alcanzar el MMR de la ficha técnica del vehículo.
- Si el vehículo tiene una MMR superior a la MTMA del vehículo, y no es Todo Terreno. Se tiene que reducir la MMR a la MTMA. (En algunos casos hay errores en la ficha técnica, y se pueden subsanar).
- Errores en ficha técnica : en algunos casos, hay errores en Ficha técnica, por lo que al realizar el montaje del enganche se detecta (por ejemplo: MMR sin freno superior al permitido, plazas de asiento… )
Cómo saber si necesito el Proyecto Técnico
A. Si el vehículo tiene Contraseña de Homologación Nacional, la ITV pide Proyecto Técnico. En algunas ocasiones no lo pide si :
i. Vehículos M1 (B-????) matriculados a partir de 01/01/1998, pueden pedirlo.
ii. Vehículos Resto Categorias (C-????) matriculados a partir de 26/01/2001, pueden pedirlo.
B. Si el vehículos tiene el chasis transformado (Vehículos carrozados, reformas previas, … ) la ITV considera que se ha tranasformado el emplazamiento Original, y requiere Proyecto.
C. Si el vehículo no dispone de MMR en Ficha técnica, se puede legalizar para uso como Portabicicletas / Portacofres / ……. sobre bola de remolque
***RECUERDE QUE ESTE TEXTO ES SOLO A MODO ORIENTATIVO, PARA CUALQUIER DUDA, ACUDA A LA ITV A LA QUE VAYA A REALIZAR LA ANOTACIÓN DE REFORMA****